Normativa de desfibriladores en Aragón 2025: espacios obligatorios, requisitos, formación, registro, sanciones y cómo cumplir el Decreto 30/2019 actualizado.
Normativa de desfibriladores en Aragón: requisitos, espacios obligatorios y sanciones actualizadas 2025
Aragón cuenta con una normativa clara y exigente que regula la instalación, uso y mantenimiento de desfibriladores externos automáticos (DEA) fuera del ámbito sanitario. A través del Decreto 30/2019 y su modificación mediante el Decreto 213/2019, se establecen los espacios obligatorios, los requisitos de formación, las condiciones de instalación y el régimen sancionador. En esta guía completa y actualizada para 2025 explicamos todo lo que empresas, entidades públicas y espacios privados deben conocer para cumplir la normativa de cardioprotección en Aragón.
¿Qué normativa regula los DEA en Aragón?
La regulación vigente se establece en:
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Decreto 30/2019, de 12 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el uso de desfibriladores automatizados externos fuera del ámbito sanitario.
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Decreto 213/2019, que modifica el anterior para introducir mejoras técnicas y formativas.
-
Corrección de errores publicada oficialmente en BOA.
Complementariamente se aplica:
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Real Decreto 365/2009, estatal.
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Estándares internacionales: ISO 45001, ISO 7010, ILCOR (señal universal DEA).
¿Dónde es obligatorio instalar desfibriladores en Aragón?
La normativa establece los siguientes espacios obligatorios:
Tipo de espacio | Criterio |
---|---|
Grandes superficies comerciales | > 2.500 m² |
Aeropuertos | Todos |
Estaciones de tren y autobús | Poblaciones > 25.000 hab. |
Instalaciones deportivas y piscinas | ≥ 300 personas/día |
Centros escolares | Todos |
Centros de trabajo | > 250 trabajadores |
Hoteles y alojamientos | > 100 plazas |
Centros residenciales | ≥ 200 plazas |
Espacios públicos de espectáculos | Aforo > 1.000 personas |
Vehículos de policía local o municipal | Al menos una patrulla por localidad que cuente con ellos |
La recomendación general es instalar DEA en cualquier lugar con gran tránsito de personas, incluyendo:
-
Comunidades de vecinos.
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Zonas turísticas.
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Hostelería.
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Cines, teatros, ferias, discotecas.
¿Quién puede utilizar un DEA en Aragón?
Aragón permite el uso del DEA a:
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Cualquier persona que actúe siguiendo las instrucciones del dispositivo o bajo guía del 112.
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Personal acreditado tras formación homologada.
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Personal sanitario.
Es obligatorio contar con personas formadas presentes durante todo el horario de actividad de los espacios obligados.
¿Qué requisitos debe cumplir la instalación?
La instalación de un DEA en Aragón debe cumplir:
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Ubicación accesible, visible y con espacio para su uso.
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Señalización homologada conforme a ILCOR / ISO 7010.
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Protección física del equipo (vitrina o columna opcional).
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Protocolo de actuación frente a emergencias que garantice la conexión inmediata con el 112.
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Disponer de la leyenda “espacio cardioprotegido”.
-
Cada DEA deberá incluir:
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Al menos 2 juegos de parches adultos (y 1 pediátrico si corresponde).
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Maletín de reanimación con:
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Cánulas orofaríngeas.
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Tijeras, rasuradora, gasas.
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Mascarilla con válvula unidireccional.
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Balón autohinchable con mascarillas (opcional).
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-
El uso de cada DEA debe comunicarse a la administración sanitaria correspondiente.
¿Qué formación es obligatoria?
La formación homologada en Aragón se regula con detalle:
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Entidad acreditada oficialmente en la comunidad.
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Modalidad mixta permitida:
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Teoría: online o a distancia.
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Práctica: obligatoriamente presencial.
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Curso inicial: 8 horas.
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Curso de reciclaje: 4 horas.
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Periodicidad:
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Anual (2 primeros reciclajes).
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Bienal tras superar dos reciclajes anuales.
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Máximo 8 alumnos por instructor.
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Contenido: reanimación cardiopulmonar, uso del DEA, activación de emergencias (según CERCP y ERC).
¿Qué obligaciones tiene el titular del DEA?
Los titulares están obligados a:
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Registrar el DEA ante la autoridad sanitaria.
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Garantizar mantenimiento técnico adecuado.
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Sustituir consumibles en plazo.
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Tener siempre personal formado durante el horario de apertura.
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Instalar señalización homologada y visible.
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Disponer del protocolo de actuación ante emergencias.
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Comunicar cada uso del DEA en tiempo y forma.
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Mantener el maletín de reanimación en condiciones óptimas.
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Documentar formación, revisiones y protocolos ante inspecciones.
¿Qué sanciones existen por incumplir la normativa?
El incumplimiento de la normativa puede ser sancionado bajo la Ley General de Sanidad:
Tipo de infracción | Sanción |
---|---|
Leve | Hasta 3.000 € |
Grave | De 3.001 € a 15.000 € |
Muy grave | Hasta 601.012,10 € |
Motivos frecuentes de sanción:
-
No registrar el equipo.
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No disponer de personal formado.
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Formación caducada.
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Mantenimiento incorrecto.
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No comunicar los usos.
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Falta de señalización visible.
¿Qué otros riesgos conlleva el incumplimiento?
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Responsabilidad civil ante fallecimientos o daños evitables.
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Posible negligencia penal por omisión de socorro.
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Pérdida de reputación pública o institucional.
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Exclusión de licitaciones.
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Penalizaciones en auditorías PRL.
¿Qué ventajas aporta cumplir con la normativa?
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Protección legal, técnica y sanitaria.
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Salvaguarda de vidas en entornos laborales y públicos.
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Tranquilidad operativa.
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Mejora de la imagen pública y corporativa.
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Posibilidad de financiación FUNDAE para la formación.
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Cumplimiento del plan de emergencias y PRL.
Preguntas frecuentes (FAQ)
¿Es obligatorio tener un DEA en todas las empresas?
Solo si se supera el umbral de trabajadores o aforo indicado. En el resto, es altamente recomendable.
¿Debe registrarse el DEA?
Sí, es obligatorio. La falta de registro conlleva sanción.
¿Quién puede utilizar el desfibrilador?
Cualquier persona, siempre que siga instrucciones o esté autorizada por el 112.
¿Es obligatorio reciclar la formación?
Sí. Anualmente los dos primeros ciclos, luego cada dos años.
¿Qué pasa si uso el DEA y no informo a Sanidad?
Es una infracción grave sancionable.
Fuentes oficiales de referencia
¿Qué servicios ofrece Salvavidas Cardio?
En Salvavidas Cardio ofrecemos un servicio integral para el cumplimiento normativo de desfibriladores en Aragón:
-
Instalación profesional homologada.
-
Registro ante la DGA.
-
Formación adaptada al Decreto 30/2019.
-
Mantenimiento y documentación técnica.
-
Asesoramiento completo.
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