Normativa de desfibriladores en Castilla y León 2025: espacios recomendados, requisitos, formación y registro. Toda la info aquí.
Normativa de desfibriladores en Castilla y León: requisitos, obligaciones y sanciones actualizadas 2025
Castilla y León cuenta con normativa específica que regula la instalación, uso, mantenimiento y formación vinculada a los desfibriladores externos automáticos (DEA) fuera del ámbito sanitario. A través del Decreto 9/2008, la comunidad establece qué espacios están recomendados y regulados para disponer de DEA, qué requisitos deben cumplir, quién puede utilizarlos y cuáles son las sanciones aplicables en caso de incumplimiento. En esta guía actualizada repasamos todo lo que deben conocer empresas, centros deportivos, instituciones y particulares en Castilla y León para cumplir la normativa y garantizar la cardioprotección.
¿Qué norma regula los desfibriladores en Castilla y León?
La normativa de referencia es el:
- Decreto 9/2008, de 31 de enero, por el que se regula la utilización de desfibriladores externos automáticos (DESA) por personal no sanitario.
Este decreto establece:
- Requisitos para el uso del DEA.
- Formación obligatoria.
- Espacios recomendados para su instalación.
- Condiciones de instalación y mantenimiento.
- Procedimiento de comunicación de uso.
- Régimen sancionador en caso de incumplimiento.
A esta normativa autonómica le acompañan normas de ámbito nacional e internacional como:
- Real Decreto 365/2009 (requisitos técnicos del DEA a nivel nacional).
- Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales.
- Ley 14/1986 General de Sanidad.
- ISO 45001, ISO 22320, ISO 7010 (normas internacionales de gestión de seguridad, emergencias y señalización).
¿En qué espacios es recomendable disponer de DEA en Castilla y León?
A diferencia de otras comunidades con normativa más restrictiva, en Castilla y León no existe un listado obligatorio estricto, pero sí se detallan claramente los espacios donde la instalación está especialmente recomendada por el nivel de riesgo o concentración de personas:
Espacio recomendado | |
---|---|
Establecimientos públicos | Aforo ≥ 5.000 personas |
Estaciones de metro, tren y autobús | |
Aeropuertos | |
Puertos comerciales | |
Centros comerciales | |
Gimnasios y áreas deportivas | |
Centros formativos | Colegios, universidades, etc. |
Centros de trabajo | Con más de 250 personas |
Residencias y Centros de Mayores | |
Hoteles | |
Espacios recreativos | Cines, teatros, salas de congresos, discotecas, etc. |
Zonas de baño y piscinas | |
Comunidades de vecinos | |
Lugares turísticos | |
Hostelería | Bares, restaurantes, etc. |
Aunque no existe obligación directa en muchos de estos espacios, la normativa deja claro que son ámbitos donde la cardioprotección es especialmente prioritaria.
¿Quién puede utilizar el DEA en Castilla y León?
La normativa establece que podrán utilizar los DEA:
- Personas no sanitarias con formación adecuada en reanimación cardiopulmonar (RCP) y manejo de DESA.
- Personal sanitario autorizado.
Esto significa que cualquier ciudadano puede formarse oficialmente para estar capacitado legalmente en el uso de desfibriladores.
En caso de emergencia y en ausencia de personal formado, el sistema 112 puede autorizar el uso supervisado telefónicamente.
¿Qué requisitos debe cumplir la instalación de desfibriladores en Castilla y León?
Para garantizar el correcto uso y disponibilidad de los DEA, la normativa exige:
- Instalación accesible y visible.
- Señalización conforme a los estándares internacionales ILCOR e ISO 7010.
- Ubicación con espacio suficiente para el manejo del equipo.
- Comunicación de la instalación a la Consejería de Sanidad de Castilla y León.
- Registro de cada uso del DEA.
- Garantizar el mantenimiento periódico técnico del equipo.
¿Qué formación es obligatoria en Castilla y León?
La formación debe cumplir los siguientes requisitos:
- Entidades acreditadas oficialmente en Castilla y León.
- Formación presencial con énfasis práctico (mínimo 80% de la formación).
- Máximo 8 alumnos por instructor.
- Duración del curso inicial: 8 horas.
- Duración del reciclaje: 4 horas.
- Renovación obligatoria de la formación cada 2 años.
- Basada en los protocolos del Consejo Español de RCP (CERCP) y las guías del European Resuscitation Council (ERC).
Los contenidos formativos incluyen:
- Reconocimiento precoz de la parada cardiaca.
- Activación del 112.
- RCP de alta calidad.
- Uso seguro del DEA.
- Maniobras ante atragantamientos.
- Control inicial de otras emergencias básicas.
Información oficial: Consejo Español de Resucitación Cardiopulmonar (CERCP) y European Resuscitation Council (ERC)
¿Qué obligaciones tiene el titular de un DEA en Castilla y León?
Toda empresa, entidad o centro que disponga de un desfibrilador debe:
- Registrar el equipo ante la autoridad sanitaria autonómica.
- Garantizar el mantenimiento técnico regular.
- Sustituir baterías y electrodos en plazo de caducidad.
- Formar a personal designado mediante cursos homologados.
- Renovar periódicamente la formación.
- Registrar cualquier uso efectivo del desfibrilador.
- Exponer la señalización homologada de localización.
- Facilitar la documentación a los servicios de inspección.
¿Qué sanciones existen por incumplir la normativa en Castilla y León?
Las sanciones aplicables siguen el régimen de la Ley General de Sanidad:
Tipo de infracción | Sanción |
---|---|
Leve | Hasta 3.000 € |
Grave | De 3.001 € a 15.000 € |
Muy grave | Hasta 601.012,10 € |
Entre las infracciones sancionables se incluyen:
- No registrar el DEA.
- No disponer de personal formado.
- Mantenimiento deficiente o caducado.
- Omisión de notificación de uso.
- Señalización incorrecta o inexistente.
¿Qué riesgos legales y operativos existen además de las multas?
- Responsabilidad civil en caso de daños o fallecimientos por falta de medios.
- Posibles implicaciones penales por negligencia.
- Daños reputacionales para la entidad.
- Penalizaciones en auditorías de prevención de riesgos laborales.
- Exclusión en licitaciones públicas por incumplimiento normativo.
¿Qué beneficios aporta cumplir la normativa?
- Protección directa de trabajadores, clientes y visitantes.
- Cumplimiento normativo total.
- Reducción del riesgo legal.
- Mejora de imagen corporativa y responsabilidad social.
- Tranquilidad organizativa y empresarial.
- Bonificaciones en programas formativos vía FUNDAE.
- Reforzamiento de la seguridad laboral en los planes de prevención.
Preguntas frecuentes (FAQ)
¿Es obligatorio tener desfibrilador en todas las empresas de Castilla y León?
No, pero es especialmente recomendable en las empresas de más de 250 trabajadores y en los espacios detallados por la norma.
¿Se puede utilizar el DEA sin formación previa?
Legalmente debe utilizarlo personal formado, pero en emergencias el 112 puede autorizar el uso supervisado.
¿Cada cuánto hay que renovar la formación?
Cada 2 años, tanto el curso completo como los reciclajes.
¿Puede cualquier empresa impartir la formación?
No. Solo las entidades acreditadas oficialmente por la Junta de Castilla y León.
¿Es obligatorio registrar el DEA?
Sí. Todo desfibrilador instalado debe ser comunicado a la Consejería de Sanidad.
Fuentes oficiales de referencia
- Junta de Castilla y León – Sanidad
- Consejo Español de Resucitación Cardiopulmonar (CERCP)
- European Resuscitation Council – ERC Guidelines
- Ministerio de Sanidad de España – Desfibriladores
Cómo te puede ayudar Salvavidas Cardio
En Salvavidas Cardio ofrecemos servicio integral para la correcta implantación de desfibriladores en Castilla y León:
- Instalación profesional de DEA homologados.
- Registro oficial ante la administración sanitaria.
- Formación acreditada y adaptada al Decreto 9/2008.
- Mantenimiento técnico profesional.
- Asesoramiento normativo completo y personalizado.
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