Normativa de desfibriladores en Cataluña 2025: requisitos, espacios obligatorios, formación y cómo cumplir el Decreto 151/2012 de la Generalitat.
Normativa de desfibriladores en Cataluña: requisitos, obligaciones y sanciones actualizadas 2025
Cataluña cuenta con una normativa específica sobre desfibriladores externos automáticos (DEA) fuera del ámbito sanitario. El Decreto 151/2012 regula qué espacios están obligados a disponer de DEA, los requisitos de instalación, la formación obligatoria para su uso y las sanciones aplicables en caso de incumplimiento. En esta guía completa y actualizada explicamos todo lo que deben saber empresas, centros deportivos, administraciones públicas y espacios privados en Cataluña para cumplir con la normativa vigente de cardioprotección.
¿Qué normativa regula los desfibriladores en Cataluña?
En Cataluña, la normativa de referencia es:
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Decreto 151/2012, de 20 de noviembre, por el que se regula el uso de desfibriladores externos fuera del ámbito sanitario.
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Decreto 30/2015, que complementa los espacios obligados en función de las medidas de autoprotección.
A estas normas autonómicas se suman:
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Real Decreto 365/2009 (normativa estatal sobre características técnicas de los DEA).
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Normas internacionales de seguridad: ISO 45001 e ISO 7010.
¿En qué espacios es obligatorio disponer de desfibrilador en Cataluña?
La normativa catalana establece diferentes espacios donde es obligatoria la instalación de DEA en función de la actividad, capacidad o riesgo:
Tipo de espacio | Criterio de obligación |
---|---|
Estaciones e intercambiadores de transporte | Ocupación ≥ 2.000 personas |
Puertos de interés general | Todos |
Aeropuertos | Volumen > 5.000 pasajeros en hora punta |
Centros docentes para personas con discapacidad | Plazas ≥ 200 |
Otros centros docentes | Ocupación ≥ 2.000 personas |
Centros docentes intermedios | Ocupación entre 1.000 y 2.000 personas |
Residencias o centros de día para personas dependientes | Plazas ≥ 100 o 200 según actividad |
Edificios con capacidad o aforo elevado | Aforo ≥ 2.000 personas |
Instalaciones desmontables o temporales | Aforo ≥ 2.000 personas |
Además, como en otras comunidades, aunque no sea obligatorio en otros espacios (empresas, gimnasios, comunidades de vecinos, hoteles, centros de coworking, etc.), la instalación de DEA es altamente recomendable por responsabilidad preventiva.
¿Quién puede utilizar el DEA en Cataluña?
El Decreto 151/2012 establece un principio muy importante:
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Cualquier persona puede utilizar un DEA en caso de emergencia, incluso sin formación, si no hay personal sanitario o formado presente.
Esto garantiza que ante una parada cardiaca, cualquier ciudadano pueda intervenir mientras llegan los servicios de emergencia.
No obstante:
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Las empresas, instituciones y titulares de espacios cardioprotegidos deben contar con personal debidamente formado y acreditado según normativa.
¿Qué requisitos debe cumplir la instalación de los desfibriladores?
La normativa catalana exige que la instalación de DEA cumpla:
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Ubicación visible, accesible y con espacio suficiente para su utilización.
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Señalización homologada según los estándares internacionales ILCOR y norma ISO 7010.
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Comunicación de la instalación a la autoridad competente.
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Incorporación de la ubicación del DEA en los planes de autoprotección del edificio.
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Recomendación de contar con sistema de comunicación inmediata con el servicio de emergencias 112.
¿Qué formación es obligatoria en Cataluña para el uso de DEA?
Cataluña establece unos requisitos formativos muy específicos:
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Entidades formadoras acreditadas oficialmente en Cataluña.
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Formación eminentemente práctica (mínimo 80% práctica).
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Formación presencial obligatoria.
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Máximo de 8 alumnos por instructor.
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Curso inicial: 6 horas de duración.
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Curso de reciclaje: 90 minutos.
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Reciclaje obligatorio cada 3 años.
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Los cursos siguen los estándares del Consejo Español de RCP (CERCP) y las guías internacionales del European Resuscitation Council (ERC).
La normativa también exige que:
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Durante el horario de apertura al público del establecimiento, siempre haya personal presente con conocimientos básicos en RCP y uso del DEA.
Más información en el Consejo Español de Resucitación Cardiopulmonar (CERCP) y el European Resuscitation Council (ERC).
¿Qué obligaciones tiene el titular del desfibrilador en Cataluña?
Toda empresa, administración o entidad que disponga de un DEA en Cataluña debe:
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Registrar el DEA ante la autoridad sanitaria autonómica.
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Garantizar el mantenimiento del dispositivo.
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Sustituir los consumibles dentro de los plazos de caducidad.
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Disponer de personal formado con certificados válidos.
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Incluir el DEA dentro del plan de autoprotección.
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Informar a la autoridad competente de cualquier uso real del desfibrilador.
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Exhibir la señalización de localización de manera visible.
¿Qué sanciones existen en Cataluña por incumplimiento?
El incumplimiento de las obligaciones puede suponer sanciones importantes según la Ley General de Sanidad:
Tipo de infracción | Multa |
---|---|
Leve | Hasta 3.000 € |
Grave | De 3.001 € a 15.000 € |
Muy grave | Hasta 601.012,10 € |
Se considera infracción:
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No instalar el DEA donde es obligatorio.
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No registrar el equipo.
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No realizar los mantenimientos adecuados.
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No disponer de personal formado.
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Incumplir los plazos de reciclaje.
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Señalización incorrecta.
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No notificar el uso real del DEA.
¿Qué riesgos adicionales existen por incumplimiento?
Además de las multas administrativas, pueden derivarse:
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Responsabilidades civiles por daños y perjuicios.
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Posibles responsabilidades penales en caso de negligencia grave.
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Problemas reputacionales para la entidad.
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Incidencias en auditorías de prevención de riesgos laborales.
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Penalizaciones en licitaciones públicas.
Por tanto, cumplir con la normativa no solo evita sanciones, sino que protege legal y reputacionalmente a la empresa o entidad.
¿Qué ventajas tiene cumplir la normativa de desfibriladores?
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Protección real ante paradas cardiacas.
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Cumplimiento total de la legislación catalana.
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Evitar sanciones económicas y responsabilidades legales.
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Mejora de la imagen de la empresa o entidad.
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Mayor tranquilidad para empleados, clientes y usuarios.
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Integración sencilla en los planes de prevención de riesgos laborales.
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Acceso a posibles bonificaciones formativas mediante FUNDAE.
Preguntas frecuentes (FAQ)
¿Todas las empresas deben instalar un desfibrilador?
No, solo aquellas que entren en los supuestos recogidos en el Decreto 151/2012. Aunque para el resto es altamente recomendable.
¿Es obligatorio el registro de los desfibriladores?
Sí, siempre. Todo DEA instalado debe estar inscrito ante la autoridad sanitaria.
¿Quién puede inspeccionar el cumplimiento?
El Departamento de Salud de la Generalitat de Cataluña, junto con los servicios de inspección sanitaria.
¿Qué ocurre si el desfibrilador caduca o está fuera de mantenimiento?
Se considerará infracción grave y podrá acarrear sanciones.
¿La formación puede realizarse online?
No. La formación homologada en Cataluña debe ser presencial y eminentemente práctica.
Fuentes oficiales de referencia
Cómo te podemos ayudar desde Salvavidas Cardio
En Salvavidas Cardio ofrecemos un servicio integral para el cumplimiento de la normativa de desfibriladores en Cataluña:
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Instalación profesional de DEA homologados.
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Registro oficial ante la Generalitat.
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Formación acreditada y adaptada al Decreto 151/2012.
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Mantenimiento técnico periódico.
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Asesoramiento normativo completo.
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