Normativa de desfibriladores en Cantabria 2025: espacios obligatorios, requisitos técnicos, formación, registro y sanciones del Decreto 82/2018.

Normativa de desfibriladores en Cantabria: espacios obligatorios, requisitos y sanciones actualizadas 2025

Cantabria cuenta con una normativa propia que regula el uso, instalación y mantenimiento de desfibriladores externos automáticos (DEA) fuera del ámbito sanitario. A través del Decreto 82/2018, se definen los espacios obligatorios, los requisitos técnicos, la formación necesaria para el uso del DEA y las sanciones por incumplimiento. En esta guía práctica te explicamos cómo cumplir con la normativa de cardioprotección en Cantabria actualizada a 2025.

¿Qué norma regula los DEA en Cantabria?

La base legal es el:

  • Decreto 82/2018, de 1 de octubre, por el que se regula el uso de desfibriladores externos por personal no sanitario en Cantabria.

Normativa complementaria:

  • Real Decreto 365/2009, que regula los requisitos técnicos mínimos para el uso de DEA en toda España.
  • Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales.
  • Ley 14/1986 General de Sanidad.
  • Normas internacionales: ISO 45001 eISO 7010.
  • Señal universal DEA según ILCOR.

¿En qué espacios es obligatorio disponer de un DEA en Cantabria?

El Decreto establece claramente los espacios obligatorios:

Espacio Criterio
Estaciones de transporte (aeropuerto, puerto, autobuses y tren) En poblaciones > 20.000 habitantes
Centros comerciales (individuales o colectivos) Superficie > 500 m² (+1 DEA por cada 1.000 m² adicionales)
Establecimientos públicos o privados Afluencia ≥ 500 personas/día
Instalaciones deportivas ≥ 350 personas usuarias/día
Centros educativos Aforo > 1.500 personas

¿Dónde se recomienda instalar DEA?

Además de los espacios obligatorios, se recomienda disponer de DEA en:

  • Establecimientos con aforo ≥ 1.000 personas.
  • Estaciones de metro.
  • Gimnasios y áreas deportivas.
  • Centros formativos: colegios, universidades.
  • Fábricas y centros de trabajo.
  • Espacios recreativos: discotecas, salas de fiesta.
  • Hostelería: bares, restaurantes.
  • Centros de mayores y residencias.
  • Hoteles.
  • Salones de juego, bingos, casinos.
  • Recintos feriales, verbenas.
  • Zonas de baño, piscinas.
  • Comunidades de vecinos y lugares turísticos.

¿Quién puede utilizar un DEA en Cantabria?

La normativa autoriza el uso a:

  • Personas acreditadas con formación homologada en soporte vital básico y DEA.
  • Personal sanitario.
  • En casos de emergencia, cualquier persona puede usar el DEA, si se contacta con el 061.

¿Qué requisitos debe cumplir la instalación?

Toda instalación de DEA debe garantizar:

  • Ubicación accesible, visible y con espacio suficiente.
  • Señalización homologada según ISO 7010 / ILCOR.
  • Comunicación a la Consejería de Sanidad.
  • Dispositivo de conexión automática con el 061, salvo excepciones técnicas o instalaciones previas.
  • Mantenimiento preventivo documentado.
  • Kit obligatorio:
    • 2 juegos de electrodos adultos.
    • Recomendado: parches pediátricos o adaptador.
    • Registro informatizado del uso.
    • Maquinilla rasuradora.
    • Tijeras, gasas, guantes.

¿Qué formación es obligatoria en Cantabria?

El curso debe cumplir:

  • Ser impartido por una entidad acreditada oficialmente en Cantabria.
  • Modalidad: presencial y eminentemente práctica.
  • Teoría: máximo 20% del contenido.
  • Máximo: 8 alumnos por instructor.
  • Duración:
    • Curso inicial: 6 horas.
    • Reciclaje: 3 horas.
  • Reciclaje obligatorio cada 3 años.
  • Contenidos: maniobras de RCP, uso del DEA, activación del 061, conforme a los estándares del CERCP.

Durante el horario de funcionamiento, debe haber personal formado disponible.

Más info: Consejo Español de RCP (CERCP) y ERC Guidelines

¿Qué obligaciones tiene el titular del DEA?

Toda empresa o entidad que instale un DEA debe:

  • Comunicar la instalación a la autoridad sanitaria.
  • Realizar mantenimiento técnico según manual del fabricante.
  • Garantizar acceso al 061.
  • Disponer de personal formado y visible.
  • Documentar y conservar formación, revisiones y protocolos.
  • Comunicar cada uso del equipo en un plazo de 48 horas.

¿Qué sanciones se aplican en caso de incumplimiento?

Según la Ley General de Sanidad, pueden imponerse:

Tipo de infracción Sanción
Leve Hasta 3.000 €
Grave 3.001 € – 15.000 €
Muy grave Hasta 601.012,10 €

Infracciones habituales:

  • No disponer de DEA en los espacios obligados.
  • Mantenimiento deficiente.
  • Formación caducada o no acreditada.
  • No registrar la instalación.
  • No comunicar el uso en plazo.

¿Qué riesgos adicionales conlleva no cumplir?

  • Responsabilidad civil por fallecimientos o daños evitables.
  • Responsabilidad penal si se demuestra negligencia.
  • Pérdida de reputación pública o empresarial.
  • Dificultades en auditorías o contrataciones públicas.

¿Qué beneficios aporta cumplir con la normativa?

  • Protección frente a emergencias cardíacas.
  • Cumplimiento normativo y legal.
  • Imagen corporativa sólida y responsable.
  • Integración en PRL y planes de emergencias.
  • Bonificación de formación vía FUNDAE.

Preguntas frecuentes (FAQ)

¿Debo tener un DEA si tengo un gimnasio en Cantabria?

Sí, si tu instalación tiene una afluencia diaria ≥ 350 personas.

¿Cuándo debo reciclar la formación?

Cada 3 años. El reciclaje tiene una duración de 3 horas.

¿Se puede usar el DEA sin formación?

Solo en emergencias y previa llamada al 061.

¿Cuántos DEA debo tener en un centro comercial?

Al menos uno por cada 1.000 m² adicionales a los primeros 500 m².

¿Debo comunicar el uso del DEA?

Sí. En un plazo máximo de 48 horas.

Cómo podemos ayudarte desde Salvavidas Cardio

En Salvavidas Cardio te ayudamos a cumplir toda la normativa de DEA en Cantabria:

  • Instalación homologada de desfibriladores.
  • Formación oficial presencial.
  • Registro ante Sanidad.
  • Mantenimiento completo.
  • Asesoramiento normativo.

Contacta con nosotros para proteger tu centro y cumplir con el Decreto 82/2018.

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