Normativa de desfibriladores en Navarra 2025: espacios obligatorios, formación, requisitos técnicos y sanciones según el Decreto Foral 6/2019.

Normativa de desfibriladores en Navarra: espacios obligatorios, requisitos y sanciones actualizadas 2025

La Comunidad Foral de Navarra cuenta con una normativa específica que regula la instalación, uso y mantenimiento de desfibriladores externos automáticos (DEA) fuera del ámbito sanitario. A través del Decreto Foral 6/2019, se establecen los espacios donde es obligatorio disponer de un DEA, las condiciones técnicas que debe cumplir la instalación, la formación necesaria para su uso y las sanciones por incumplimiento. En esta guía completa y actualizada te explicamos todo lo que necesitas saber para cumplir la normativa de cardioprotección en Navarra en 2025.

¿Qué normativa regula los DEA en Navarra?

Navarra se rige por el:

Y también por normativa nacional y técnica:

¿Dónde es obligatorio disponer de DEA en Navarra?

El Decreto Foral establece de forma clara los espacios obligados:

Espacio Criterio
Establecimientos comerciales Superficie útil > 2.000 m²
Centros comerciales Conjunto de locales que sumen > 2.000 m²
Aeropuertos Todos
Estaciones de tren o autobús En municipios > 10.000 hab.
Centros educativos Plantilla total (alumnos + personal) > 700
Centros de trabajo Plantilla total > 700 personas
Instalaciones deportivas Aforo > 500 personas
Espacios para espectáculos y actividades culturales Aforo > 700 personas
Cualquier otro espacio Aforo > 700 personas
Policías locales y agentes municipales Al menos un DEA en vehículo patrulla (en municipios > 10.000 hab., mínimo el 50%)
Policía Foral de Navarra Al menos un DEA en cada comisaría regional y patrulla

También es obligatorio en:

  • Residencias y centros de día para personas mayores con discapacidad con > 100 plazas.

¿Dónde se recomienda instalar un DEA?

Además de los espacios obligatorios, se recomienda su instalación en:

  • Estaciones de metro.
  • Puertos comerciales.
  • Gimnasios y áreas deportivas.
  • Centros formativos y coworking.
  • Fábricas.
  • Casinos, salas de bingo y salones de juego.
  • Recintos feriales y verbenas.
  • Cines, teatros y salas de exposición.
  • Residencias, hoteles y espacios turísticos.
  • Comunidades de vecinos.
  • Hostelería: bares, restaurantes, discotecas.

¿Quién puede utilizar un DEA en Navarra?

Según el Decreto Foral 6/2019:

  • ✅ Personal formado en soporte vital básico y DEA, mediante cursos homologados.
  • ✅ Personal sanitario.
  • ⚠️ En situaciones excepcionales donde no se exige formación:
    • Cuando el DEA no esté en un espacio obligatorio.
    • Si no hay posibilidad de intervención inmediata por personal formado.

¿Qué requisitos debe cumplir la instalación?

  • 📍 Ubicación accesible y visible, con espacio suficiente.
  • 🚨 Señalización adecuada bajo criterios de ISO 7010 e ILCOR.
  • 📩 Comunicación de la instalación a la autoridad sanitaria competente.
  • 📞 Proximidad o acceso inmediato al teléfono 112.
  • 🛠️ Mantenimiento preventivo conforme a las instrucciones del fabricante.

¿Qué formación es obligatoria?

La formación exigida debe ser:

  • ✅ Impartida por una entidad acreditada en Navarra.
  • 📚 Curso inicial: 6 horas.
  • 🔁 Reciclaje: 2 horas cada 2 años.
  • 👩‍🏫 Modalidad: presencial, con al menos 50% del tiempo práctico.
  • 👥 Ratio: máximo 8 alumnos por instructor.
  • 🧠 Contenido:
    • Reanimación cardiopulmonar (RCP).
    • Manejo del DEA.
    • Coordinación con el 112.
    • Conforme a los estándares del Consejo Español de RCP.

Más info:
Consejo Español de RCP (CERCP)
ERC Guidelines – Reanimación

¿Qué obligaciones tiene el titular del DEA?

El responsable del desfibrilador debe:

  • 📋 Comunicar la instalación a la Consejería de Salud.
  • 🛠️ Realizar mantenimiento periódico y registrar las revisiones.
  • 👩‍⚕️ Asegurar la disponibilidad de personal formado en todo momento.
  • 📩 Notificar cada uso del DEA a la autoridad sanitaria.
  • 🧾 Conservar la documentación legal (registro, formación, mantenimiento).

¿Qué sanciones existen por incumplimiento?

Según la Ley General de Sanidad, el incumplimiento puede suponer:

Tipo de infracción Multa
Leve Hasta 3.000 €
Grave 3.001 € – 15.000 €
Muy grave Hasta 601.012,10 €

Se considera infracción muy grave:

  • No comunicar la instalación.
  • No contar con personal formado.
  • No realizar mantenimiento del equipo.
  • Usar un DEA sin formación cuando es obligatoria.
  • No notificar el uso del equipo a la administración.

¿Qué riesgos adicionales conlleva no cumplir?

  • Responsabilidad civil por fallecimiento o daño evitable.
  • Posible responsabilidad penal por omisión de auxilio.
  • Sanciones económicas graves.
  • Daño reputacional para empresas o entidades públicas.
  • Pérdida de licitaciones o subvenciones.

¿Qué ventajas aporta cumplir la normativa?

  • ✅ Protección real frente a paradas cardíacas.
  • ✅ Cumplimiento normativo y jurídico.
  • ✅ Imagen pública de responsabilidad y compromiso con la salud.
  • ✅ Formación bonificable a través de FUNDAE.
  • ✅ Mejora en planes de emergencias y PRL.

Preguntas frecuentes (FAQ)

¿Es obligatorio tener un DEA en mi centro educativo?

Sí, si el número total de personas (docentes, no docentes y alumnado) es superior a 700.

¿La formación debe renovarse?

Sí. Se exige formación continua cada 2 años con curso de reciclaje.

¿Qué pasa si no se comunica el uso del DEA?

Se considera infracción grave o muy grave, con sanciones de hasta 601.012,10 €.

¿Puedo usar un DEA sin formación?

Solo en situaciones excepcionales, si no es un espacio obligatorio y se activa el 112.

Fuentes oficiales de referencia

Cómo podemos ayudarte desde Salvavidas Cardio

En Salvavidas Cardio te ayudamos a cumplir la normativa de desfibriladores en Navarra:

  • Instalación homologada de DEA.
  • Registro ante la Consejería de Salud.
  • Formación oficial y reciclajes.
  • Mantenimiento técnico completo.
  • Certificación como espacio cardioprotegido.

👉 Contacta con nosotros para cumplir el Decreto Foral 6/2019 y proteger tu entorno con todas las garantías legales.

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