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Normativa de desfibriladores en Andalucía
Normativa de desfibriladores en Andalucía y obtén información sobre:
- Quién puede usar el DEA
- Espacios obligatorios y recomendados
- Requisitos de instalación
- Obligaciones del titular
- Formación
- Sanciones
- Normativa relacionada
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Normativa de desfibriladores en Andalucía: obligaciones y requisitos
La normativa de desfibriladores en Andalucía establece qué espacios deben disponer de un DEA y qué requisitos deben cumplirse para su instalación, mantenimiento y utilización fuera del ámbito sanitario. El marco autonómico incluye el Decreto 22/2012, la Orden de 4 de junio de 2013, sobre formación, y la Orden de 8 de abril de 2021, sobre comunicación telemática de la instalación y del uso. Antes de instalar un desfibrilador o revisar la cardioprotección de tu centro, conviene resolver tres cuestiones:
- si existe obligación de disponer de un equipo.
- qué requisitos se aplican a tu instalación.
- cómo organizar su gestión.
En esta guía encontrarás un resumen para orientarte y conocer los aspectos que debes revisar en tu empresa, establecimiento o instalación.
Proyecto de nueva normativa de desfibriladores en Andalucía
La Junta de Andalucía está tramitando un proyecto de decreto sobre la instalación y utilización de desfibriladores externos automatizados fuera del ámbito sanitario, que también contempla modificar el Registro Andaluz de Desfibriladores. El expediente oficial permite consultar el texto del proyecto y su estado de tramitación.
El proyecto figura actualmente «en elaboración» y no debe confundirse con una normativa ya vigente. Su contenido puede experimentar modificaciones durante la tramitación, por lo que las medidas propuestas no deben interpretarse como nuevas obligaciones exigibles. El portal oficial de la Junta mantiene como referencias el Decreto 22/2012 y las órdenes que desarrollan los requisitos de formación y comunicación de la instalación y del uso.
¿Dónde es obligatorio tener un desfibrilador en Andalucía?
- Grandes superficies minoristas. Deben disponer de un desfibrilador cuando la superficie útil destinada a exposición y venta al público supera los 2.500 m².
- Aeropuertos y puertos comerciales. Están obligados a disponer de un desfibrilador por su tipo de instalación.
- Estaciones o apeaderos de autobuses y ferrocarril. Deben contar con un desfibrilador cuando se encuentran en poblaciones de más de 50.000 habitantes.
- Estaciones de metro. Es obligatorio disponer de un desfibrilador cuando registran una afluencia media de 5.000 personas al día o más.
- Instalaciones, centros y complejos deportivos. Deben disponer de un desfibrilador cuando alcanzan 500 personas usuarias diarias o más, considerando todos sus espacios deportivos. Se excluyen las instalaciones de accesibilidad restringida definidas en el decreto.
- Establecimientos públicos de espectáculos y actividades recreativas. Los establecimientos comprendidos en el catálogo autonómico deben disponer de un desfibrilador cuando tienen un aforo autorizado de 5.000 personas o más.
Requisitos para instalar y mantener un desfibrilador en Andalucía
Instalación del desfibrilador
Instala el desfibrilador en un lugar visible, accesible y libre de obstáculos. Elige una ubicación que facilite su localización y recogida desde las distintas zonas del centro, para que pueda utilizarse con rapidez ante una emergencia.
Señalización e instrucciones
Identifica la ubicación del DEA con la señalización universal recogida en la normativa y coloca sus instrucciones de uso junto al equipo, bien visibles. Si el centro dispone de planos o mapas informativos, incorpora también la ubicación del desfibrilador.
Comunicación y registro
Comunica la instalación del DEA a la Junta de Andalucía para su inscripción en el registro autonómico. Identifica el equipo, su ubicación y la persona o entidad responsable. Este trámite también es necesario en las instalaciones voluntarias.
Mantenimiento y conservación
El mantenimiento del desfibrilador debe realizarse conforme a las instrucciones del fabricante. Revisa el estado de la batería y los electrodos y sigue las indicaciones específicas del modelo instalado para conservar el equipo en condiciones adecuadas de funcionamiento.
Formación en Soporte Vital Básico
El centro debe disponer de personal con conocimientos acreditables en reanimación cardiopulmonar, soporte vital básico y uso del DEA durante todo el horario de apertura al público. Para organizar esta cobertura, recomendamos prever los turnos, las vacaciones y las sustituciones.
Comunicación del suceso
Después de utilizar el desfibrilador, la entidad responsable debe comunicar su uso a la autoridad sanitaria en un plazo máximo de 72 horas, adjuntando el registro generado por el equipo. Este trámite no sustituye al aviso inmediato a emergencias.
Documentación que conviene tener organizada junto al desfibrilador
Para facilitar la gestión de la cardioprotección de tu centro, recomendamos reunir en un mismo lugar la información del desfibrilador, las comunicaciones administrativas y la documentación de mantenimiento y formación.
- Información del equipo. Modelo, número de serie, ubicación y manual del fabricante.
- Gestiones administrativas. Justificantes de las comunicaciones realizadas y datos de la persona o entidad responsable.
- Mantenimiento. Registro de las actuaciones realizadas y seguimiento de los consumibles, conforme a las indicaciones del fabricante.
- Formación y organización. Acreditaciones del personal y planificación de la cobertura durante el horario de actividad.
Esta organización documental ayuda a realizar el seguimiento del servicio y a identificar qué aspectos necesitan revisión.
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Preguntas frecuentes sobre la normativa de desfibriladores en Andalucía
No existe una obligación general para todas las empresas por el simple hecho de serlo. El Decreto 22/2012 identifica determinados espacios y condiciones. Para valorar tu caso, hay que comprobar la actividad y las características de la instalación.
La comunicación se realiza mediante el procedimiento habilitado por la Junta, utilizando el formulario correspondiente y aportando los datos de la persona o entidad responsable, del equipo y de su ubicación. Las personas jurídicas deben presentar esta comunicación electrónicamente. El Registro Telemático de Desfibriladores permite gestionar estos trámites. Recomendamos conservar el justificante de presentación junto con la documentación del DEA.
Pueden utilizarlo las personas que acrediten los conocimientos exigidos en reanimación cardiopulmonar, soporte vital básico y manejo del desfibrilador. También están habilitadas las personas con las titulaciones de Medicina, Enfermería o Técnico en Emergencias Sanitarias previstas en la normativa. La Orden de 4 de junio de 2013 concreta las vías de acreditación de la formación.
La formación debe abordar la reanimación cardiopulmonar, el soporte vital básico y el uso del DEA. La Orden de 4 de junio de 2013 exige un desarrollo eminentemente práctico, con al menos un 80 % de prácticas, pero no fija un plazo general de caducidad o reciclaje. Recomendamos programar actualizaciones periódicas y revisar las condiciones del certificado emitido.
La normativa exige mantener y conservar el equipo conforme a las instrucciones del fabricante, de modo que preserve sus condiciones de seguridad y funcionamiento. Por tanto, las actuaciones deben adaptarse al modelo instalado. Como medida de gestión, recomendamos documentar las revisiones y asignar una persona responsable de supervisar su cumplimiento.
La instalación voluntaria también debe comunicarse y cumplir los requisitos de instalación, señalización, mantenimiento y disponibilidad de personal formado. No estar obligado a disponer de un desfibrilador no exime de las obligaciones que se aplican cuando decides instalarlo.
La entidad responsable debe comunicar su utilización en un máximo de 72 horas y aportar el registro del equipo. Este trámite posterior no sustituye al aviso inmediato a emergencias mediante el 112 o el 061 durante la intervención.
El incumplimiento puede constituir una infracción sanitaria y dar lugar a sanciones, conforme al régimen legal aplicable. No existe una única multa para cualquier incumplimiento: su valoración depende de los hechos y de su gravedad. Recomendamos revisar conjuntamente el equipo, la documentación, el mantenimiento y la organización del personal, en lugar de comprobar únicamente que hay un DEA instalado.
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- Tanto si estás valorando instalar un DEA como si ya dispones de uno, podemos orientarte sobre los aspectos que conviene revisar y cómo coordinar su gestión.